
PILAR PAGEO*
Si las empresas se tomaran en serio la salud de sus trabajadores, todos ganaríamos: ellas se ahorrarían muchos disgustos y los trabajadores algún que otro calvario que no parece propio del siglo XXI. Así se ha puesto de manifiesto con el caso de Antonia Lora Cano, una camarera de piso en el hotel Majórica de Palma de Mallorca a quien la empresa pretendía despedir después de que enfermara por las condiciones de trabajo. Es uno de tantos casos en los que se trata de utilizar la “ineptitud sobrevenida”.
Antonia Lora lleva 24 años trabajando como camarera de piso y el sobreesfuerzo continuado por las tareas que realiza, ha acabado por producirle una lesión de cervicales y un desgaste en el hombro que le lleva finalmente a pasar por quirófano. Tras la operación, la mutua aconseja una evaluación de riesgos del puesto que ocupa y las adaptaciones correspondientes. Desde el sindicato reclamamos la evaluación de riesgos, que se retrasa y se retrasa sin explicación alguna. Queremos saber cuáles van a ser las adaptaciones y las restricciones en el puesto de trabajo. Finalmente, tras semanas de espera, le llega a la trabajadora una llamada de dirección y se le comunica despido por ineptitud sobrevenida. A las 11 de la mañana le comunican el despido y a las 12 está sin empleo. La trabajadora, que ha acudido acompañada al despacho de dirección, no acepta y denuncia el caso ante la Inspección de Trabajo.
Resulta increíble que el médico de la mutua firme el “no apto” simplemente porque el director de la empresa le ha dicho que no hay ningún puesto para esa trabajadora. El sindicato obviamente pone su organización al servicio de la trabajadora y la Inspección convoca al sindicato, a la trabajadora, a la mutua y a la dirección de la empresa a una reunión para tratar de solucionar el conflicto. De la mutua acude la médico que ha firmado el no apto y el responsable del servicio de prevención. La inspectora pide explicaciones sobre la declaración de “no apto” y ni la empresa ni la mutua son capaces de dar una razón convincente. No tenemos constancia de qué sucedió después –no sabemos si la Inspección sancionó o no a la empresa–, pero tras la reunión con la inspección la actitud de la empresa cambió radicalmente: “Pretendían llegar a un acuerdo con la trabajadora ofreciendo una indemnización un poco superior a los 20 días por año trabajado. Antonia Lora lo que quería era conservar su puesto de trabajo y demostrar que era apta para trabajar. Antonia no estaba dispuesta a recibir ese trato tras 24 años de dejarse la piel en el hotel. Además, la trabajadora tiene 54 años y sabe perfectamente lo difícil que le iba a resultar con esa edad encontrar un nuevo trabajo, así que no estábamos dispuestos a aceptar”.
Cuando vieron que ni sindicato ni trabajadora cedían, la segunda llamada de la empresa ya fue en otro tono. Lo primero que escuchamos en el sindicato fue la inocente pregunta: “¿Cuándo se puede incorporar la trabajadora a su puesto?” Lo segundo fue una petición que, tras dos meses de despido y el daño moral que ello conlleva, resultaba como poco, ofensiva: “Necesitamos que se incorpore inmediatamente porque ha subido la ocupación”.
Los trabajadores y el sindicato sabíamos cuáles eran las medidas preventivas que había que aplicar porque eran bien sencillas. “Se trataba de extender unos centímetros el mango alargador de los utensilios con los que se limpian los cristales y evitar que Antonia se subiera a escaleras”. Se aplicaron, con la supervisión de la Inspección de Trabajo y del sindicato, y hoy Antonia está de nuevo trabajando. Se acabó un calvario de todo punto innecesario y probablemente habremos evitado que nuevas Antonias sufran procesos similares y pérdidas de salud ya irrecuperables.
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