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Sumario nº 06
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Dossier: Trabajo y riesgo reproductivo

En los lugares de trabajo tienen lugar exposiciones a diferentes agentes químicos, físicos, biológicos y/o psicosociales, muchos de ellos potenciales factores de riesgo reproductivo.

Interferencias en la reproducción
El proceso reproductivo en los seres humanos empieza con la división y maduración del espermatozoide en el hombre y del óvulo en la mujer, continúa con la fertilización del óvulo por un espermatozoide y la implantación del óvulo fecundado en el útero materno, con el desarrollo y crecimiento intrauterino del embrión o feto, y se extiende a través de la etapa postnatal de desarrollo y maduración, incluyendo también la fase de la lactancia.

Los momentos de mayor susceptibilidad a la acción de sustancias químicas u otras exposiciones laborales son durante la división y maduración de las células reproductivas (especialmente de los espermatozoides) y durante el desarrollo del embrión en el útero (primeras semanas de embarazo). Sin embargo, se pueden producir alteraciones por la acción de agentes ambientales en cualquiera de las fases del ciclo reproductivo.

En el proceso de la reproducción intervienen diversos mecanismos biológicos que pueden alterarse por exposiciones del padre o de la madre, antes o después de la concepción, y que pueden manifestarse en una amplia gama de efectos. Estos efectos incluyen tanto trastornos previos a la concepción (reducción del deseo sexual, alteraciones de la menstruación o reducción de la fertilidad) como alteraciones que se presentan después de la concepción (aborto espontáneo, muerte fetal, anomalías congénitas, retraso del crecimiento uterino, prematuridad, cáncer infantil y otras enfermedades infantiles o del adulto). Con frecuencia, un mismo agente puede interferir en diferentes etapas y provocar diferentes tipos de alteraciones.

Toxicidad y riesgo reproductivo
Sólo una pequeña parte de las decenas de miles de compuestos químicos presentes en el ambiente de trabajo han sido adecuadamente valorados en cuanto a su toxicidad sobre la reproducción y el desarrollo. Aunque una variedad de agentes se comportan como tóxicos para la reproducción en animales de laboratorio, los efectos sobre la reproducción humana para la inmensa mayoría de sustancias químicas industriales y ambientales son desconocidos. Otras exposiciones con un riesgo potencial sobre la reproducción (por ejemplo, carga física, ruido, radiaciones o carga psíquica) son también frecuentes en los lugares de trabajo.

Algunas exposiciones laborales están bien caracterizadas por su potencial negativo sobre el proceso reproductivo, tales como el plomo o las radiaciones ionizantes que pueden producir alteraciones en el desarrollo del feto por exposición de la madre durante el embarazo, o los plaguicidas como el dibromocloropropano, que es una causa bien establecida de infertilidad masculina. Sin embargo, aunque un número de estudios han evaluado los efectos de otros agentes laborales sobre el proceso reproductivo, sigue existiendo incertidumbre en relación con muchas de las exposiciones laborales estudiadas.

Incorporar el riesgo reproductivo a la prevención
El impacto sanitario, social y personal de los trastornos de la reproducción justifica sobradamente el desarrollo de sistemas específicos de vigilancia y prevención de estos problemas en los lugares de trabajo. La vigilancia a nivel de la empresa pasa por una adecuada evaluación de los riesgos reproductivos, tal y como se recoge en los artículos 25 y 26 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tanto para los trabajadores como para las trabajadoras. En la historia médico-laboral se puede incluir también información básica sobre la salud reproductiva de los trabajadores y trabajadoras, lo que ayudaría a identificar cualquier tipo de alteración en relación con las condiciones de trabajo.

La prevención, como siempre, debe consistir fundamentalmente en llevar a cabo las intervenciones adecuadas sobre el ambiente laboral. En caso necesario, la ley obliga a la adaptación de las condiciones de trabajo, incluyendo el tiempo de trabajo, y al cambio de puesto de trabajo.

Prevenir sin discriminar
En la regulación y protección del riesgo reproductivo de origen laboral hay que evitar cualquier tipo de discriminación por género. Las alteraciones de la reproducción pueden afectar tanto a los trabajadores como a las trabajadoras, y el objetivo de la prevención debe ser evitar la existencia de los riesgos para todos.

En algunos casos, se utiliza el argumento de la prevención del riesgo reproductivo para discriminar a las mujeres de determinados puestos de trabajo. Por ejemplo, en muchas industrias de los Estados Unidos en las que existe exposición al plomo no se permite trabajar a las mujeres. Pero esta exclusión se limita a grandes empresas, en las que los salarios son relativamente elevados. No se excluye a las mujeres de empresas más pequeñas en las que también existe exposición al plomo, como por ejemplo en la industria de la cerámica, en las que los salarios son mucho más bajos y en las que la mayoría de los trabajadores son mujeres.

En resumen, aunque el conocimiento en este campo es todavía limitado, en el ambiente de trabajo se encuentran múltiples agentes que pueden afectar negativamente el proceso reproductivo tanto de los hombres como de las mujeres. La normativa vigente establece las estrategias de prevención en relación con estos trastornos y es obligación del empresario evaluar los riesgos en el lugar de trabajo y proteger adecuadamente a trabajadores y trabajadoras en caso de exposiciones potencialmente negativas para su salud reproductiva.

Ana M. García
Universidad de Valencia.

 

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